Condenado a 19 años de prisión por un delito de pornografía infantil con cinco niñas a través de las redes
Un hombre de 43 años ha sido condenado a 19 años de prisión por delitos de pornografía infantil. El hombre creaba perfiles falsos en redes sociales para ganarse la confianza de las menores e interactuar con ellas.
Un policía durante una investigación contra la pornografía infantil. | EFE/Archivo
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 19 años y medio de prisión a un hombre de 43 años, por delitos de pornografía infantil con cinco niñas que tenían entre 11 y 13 años con las que contactaba a través de las redes sociales. Dos de las víctimas son de Granada y las demás de Castellón, Asturias y Valdemoro (Madrid).
Además de la pena de prisión la Audiencia ha impuesto la medida posterior de libertad vigilada por un periodo de nueve años y ha prohibido al condenado a participar en chats informáticos y redes sociales, además de la prohibición de aproximarse y comunicarse con sus víctimas hasta pasados cinco años una vez cumplida la condena. En la sentencia la Audiencia fija dicha pena tras apreciar que concurren en el acusado las circunstancias atenuantes de arrepentimiento y de reparación del daño al haber depositado seis mil euros para compensar los daños ocasionados a las víctimas aunque se le impone el pago de diversas indemnizaciones según los casos de entre 1.500 y 8.000 euros.
Se ha probado que el acusado creó varios perfiles en la red social de Tuenti mediante la que interactuó con las menores para satisfacer sus deseos sexuales. Añade que también utilizó con ellas la aplicación Whatsapp una vez establecido el contacto. De esta forma consiguió que le enviasen fotografías íntimas en las que exhibían sus órganos genitales, entablando con las menores conversaciones de temática sexual y les remitía fotos de sus genitales siendo conocedor de la corta edad de las niñas con las que se relacionaba. El condenado creó un perfil de Tuenti en el que indicaba que tenía 20 años y que era de Valencia y puso la foto de un menor conocido por él.
Era el gancho para contactar con menores, algunas de las cuales llegaron a creer que habían establecido una relación sentimental virtual. En el registro del domicilio se han hallado además de varios cuadernos, libretas y fichas de anotaciones, un ordenador portátil y un móvil que utilizaba para recibir las fotografías de las menores. El condenado había guardado los archivos de fotográficos de cinco niñas menores haciendo actos de exhibición obscena catalogados con los nombres de las menores «para obtener satisfacción sexual con su visionado». La Audiencia ha condenado al acusado por delitos continuados de utilización de menores para la elaboración de material pornográfico y exhibición de material pornográfico.
5/10/2021
1 Comment
Rubén Torres
3 años agoSale más «barato» asesinar a una persona que tener fotos de menores. El asesinato se encuentra regulado en el artículo 139 del Código Penal. Será castigado con la pena de prisión de quince a veinticinco años, como reo de asesinato, el que matare a otro.
Así de cabestros son los jueces que tenemos. Aplican más condena a un inocente (no ha ocasionado daño a nadie ni a nada) que a un asesino.
España necesita urgentemente una rebelión para que reine la cordura, pues estamos rodeados de idiotas.